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Fondos Europeos Next Generation EU y Programa kit digital

Orange, como Agente Digitalizador te ayuda a realizar todos los trámites

Orange ha sido elegida por el Gobierno para ayudar a las empresas en su digitalización y, como siempre, queremos estar a tu lado con el compromiso de:

  • Asesorarte en la elección de las soluciones más adecuadas

    Asesorarte en la elección
    de las soluciones más adecuadas

  • Ayudarte a realizar todos los trámites necesarios

    Ayudarte a realizar
    todos los trámites
    necesarios

  • Implantar la solución y formar a tus empleados

    Implantar la solución
    y formar a tus empleados

Para que podamos solicitar las ayudas en tu nombre es imprescindible que realices los siguientes pasos:

1. Selecciona las soluciones en las que estás interesado

Visita nuestro site del Kit Digital

En función del segmento* al que pertenece tu empresa, visita nuestro catálogo de Soluciones Digitales que son objeto de subvención dentro del programa Kit Digital.

*Para determinar con exactitud el segmento al que pertenece tu empresa, te recomendamos que solicites previamente el “Informe de Plantilla Media de Trabajadores en Alta” a través de la web de la Seguridad Social. De esta forma, sabrás con exactitud el segmento al que pertenece tu empresa a efectos del programa Kit Digital, ya que los importes subvencionables varían en función del segmento:

  • - De 0 a menos de 3 empleados
  • - De 3 a menos de 10 empleados
  • - De 10 a menos de 50 empleados
  • - De 50 a menos de 100 empleados
  • - De 100 a menos de 250 empleados

 

Rellenar FormularioDatos necesarios

2. Rellena el formulario y un agente especializado de Orange te llamará para informarte

Te informamos y te acompañamos durante todo el proceso.

Déjanos tus datos de contacto y nuestros especialistas te llamarán para informarte con detalle de todas las ayudas a las que puede acogerse tu empresa.

3. Proceso de firma digital del documento de Representación Voluntaria

Gestionamos las ayudas en nombre de tu empresa, nos encargamos de todo

Una vez que nuestros especialistas te hayan informado de las características del programa Kit Digital, si decides que tu empresa se beneficie del mismo, necesitaremos que se autorice a Orange a solicitar las ayudas en nombre de tu empresa. Para ello, se requiere que la/s persona/s apoderadas de tu empresa firmen el documento denominado Carta de Representante Voluntario.

Nuestros especialistas te informarán con detalle del proceso a seguir. En el caso de Autónomos, firmará la persona que figura como titular de la actividad económica; en el caso de personas jurídicas deberán firmar las personas que tengan poderes suficientes para solicitar ayudas a la Administración en función del apoderamiento notarial que tenga vigente en cada caso.

Datos necesarios

4. Crear usuario en Acelerapyme

Completa con los datos de la empresa y de su apoderado. Es imprescindible que realices el registro con los mismos datos facilitados para la solicitud de las ayudas a través de Orange.

Dentro del proceso de solicitud de las ayudas incluidas en el programa Kit Digital es obligatorio registrar a tu empresa en la web AceleraPyme de la Administración.

Importante antes de registrartePágina de registro

5. Test de diagnóstico digital en AceleraPyme

Con el usuario de AceleraPyme, es necesario que realices un sencillo test para conocer el estado de digitalización de tu empresa. Este test no condiciona la concesión de la ayuda ni las soluciones que podrás elegir.

Una vez creado el usuario de AceleraPyme, deberás logarte y realizar un sencillo test para informar a la Administración del estado de digitalización de tu empresa previo a la concesión de dichas ayudas; el resultado de ese test es meramente informativo y estadístico y no condiciona en ningún caso la conexión de la ayuda ni las soluciones que podrás elegir.

Preguntas frecuentes

Dentro de los fondos Next Generation UE, se han definido varios programas para apoyar la transformación digital de los Autónomos, MicroPymes y Empresas de hasta 250 empleados, siendo el Kit Digital el de mayor dotación económica. El 30 de diciembre del 2021 se publicaron en el BOE las bases reguladoras para acceder al programa de ayudas, que posteriormente fueron modificadas y publicadas en el BOE de fechas 7 de julio de 2023 y 11 de mayo de 2024.

La solicitud de las ayudas se llevará a cabo en una ventanilla única habilitada por parte del Gobierno, a través de una página web que servirá para tramitar las solicitudes.

En Orange somos Agente Digitalizador autorizado por el Gobierno para la tramitación de estas ayudas, y nos encargamos del asesoramiento de las mejores soluciones digitales a implantar en tu empresa, así como de la tramitación administrativa de dichas ayudas.

El plazo para presentar las solicitudes de las empresas varía en función de su número de empleados* y siempre estará supeditado a que no se agoten el presupuesto reservado para cada segmento.

  • De 0 a menos de 3 empleados: hasta 31/10/2025 a las 11 horas.
  • De 3 a menos de 10 empleados: hasta 31/12/2024 a las 11 horas.
  • De 10 a menos de 50 empleados: hasta 31/12/2024 a las 11 horas.

 

Próximamente, está prevista la apertura de solicitudes para los siguientes segmentos:

  • De 50 a menos de 100 empleados.
  • De 100 a menos de 250 empleados.
Para determinar con exactitud el segmento al que pertenece tu empresa, te recomendamos que solicites previamente el “Informe de Plantilla Media de Trabajadores en Alta” a través de la web de la Seguridad Social.

 

Sí, tu empresa deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo según límites financieros y empleados/as que las definen. Están incluidas las comunidades de bienes, las sociedades civiles con objeto mercantil, las sociedades civiles profesionales y las explotaciones agrarias de titularidad compartida que ejerzan una actividad económica. En todos los casos, se exige que el domicilio fiscal esté ubicado en territorio español.
  • Estar en situación de alta.
  • No ser una empresa en crisis.
  • Estar al corriente de las obligaciones con Hacienda y Seguridad Social.
  • No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones.
  • No tener otras ayudas anteriores consideradas de minimis por importe superior a 300.000€ en los últimos 3 años.
  • También es importante que dispongas de certificado electrónico válido activo, porque lo necesitarás para realizar cualquier trámite.

 

Durante los primeros 12 meses.

No, ya que los impuestos no son subvencionables.

Representante Voluntario

  • Tramitación del bono de ayudas: una vez nos autorices para ser tu representante voluntario, comenzaremos a ayudarte en la gestión de los trámites necesarios para la obtención de las ayudas.
  • Asesoramiento: te ayudaremos a elegir, en base a tus necesidades, las soluciones que más valor tengan para tu empresa.
Agente Digitalizador: nos encargaremos de la implantación de las soluciones elegidas y de darte soporte y ayuda siempre que lo necesites.

 

Se pueden contratar las soluciones digitales que uno quiera. El importe a subvencionar por la Administración tiene límites para cada segmento de empresas en función del número de empleados. También podrás contratar directamente con Orange los servicios que necesites que excedan el límite de subvención.

A partir de 15 días después de haber llevado a cabo la solicitud de la misma.

Nuestros agentes especializados contactarán contigo para comunicarte la concesión de la ayuda y proceder a firmar el Contrato y el Acuerdo de Prestación de Soluciones Digitales con Orange.

Una vez se ha adquirido la solución o soluciones, el Agente Digitalizador las implantará, como máximo, en 3 meses.

La medida del número de empleados para determinar a qué segmento de ayuda puedo acceder es la que corresponde al informe de plantilla media de la Seguridad Social en el periodo de los 12 meses completos anteriores al mes en que se produce la solicitud de la subvención. Por ejemplo, si solicito la ayuda cualquier día de junio 2024, los 12 meses anteriores serían del 1 de junio de 2023 al 31 de mayo del 2024.

La subvención puede llegar a cubrir el 100% del coste de la solución durante el primer año de servicio, siempre que no se exceda el máximo del importe subvencionable por categoría fijado para cada segmento empresarial. En el caso de Orange, todos los servicios están diseñados para no exceder este precio máximo por categoría y estar siempre subvencionados al 100%.

Lo que en ningún caso es subvencionable es el IVA, ya que los impuestos no son nunca subvencionables. En la factura que Orange genera, el precio del servicio lo cobraremos directamente a la Administración, pero el IVA debe pagarlo el beneficiario de la ayuda. En cualquier caso, el IVA pueden recuperarlo la mayoría de las Pymes y Autónomos en sus declaraciones trimestrales.